El Ministerio Público Fiscal solicitó hoy una pena de nueve años de prisión y la inhabilitación perpetua para el ejercicio de la docencia para el docente de plástica responsable de once hechos de abuso sexual simple, cometidos contra once niñas. El Defensor de la Niñez y uno de los abogados querellantes compartieron tal solicitud. El otro abogado pidió en cambio, una condena de 12 años por los mismos hechos.
El juicio de cesura se realizó hoy en el Auditorio del Poder Judicial de Viedma y comenzó con la declaración de siete testigos. Las primeras cuatro personas fueron familiares de las víctimas convocados por la acusación y los restantes tres, miembros de los establecimientos educativos donde ocurrieron los hechos. Luego de escucharlos el acusado hizo uso de la palabra para dar paso a los alegatos.
El fiscal de San Antonio Oeste, Gustavo Arbues recordó que el hombre se desempeñaba como “docente de plástica en dos escuelas primarias de San Antonio” y que los hechos “sucedieron entre los años 2023 y 2024 en el aula, un espacio trascendente en el desarrollo futuro de estas 11 víctimas, niñas y mujeres».
Explicó que la “ponderación de la pena” debía relacionarse “con la extensión del daño, las circunstancias en las que se perpetraron los hechos” y con la “naturaleza de la acción». En ese sentido sostuvo que el hombre «repitió el mismo patrón en dos escuelas, solamente contra niñas de entre 6 y 8 años de edad y en el aula”.
Respecto de las consecuencias, sostuvo que se trataba de niñas que debían estar resguardadas por ese adulto responsables que en cambio atacó su integridad sexual en un ámbito de confianza. En cuanto a las consecuencias del daño aludió a diversos episodios de retroceso madurativo como consecuencia de los hechos vividos.
El acusado, enfatizó, “hubiese podido actuar distinto pero no lo hizo. Conocía a las niñas y abusó de ello, produciendo en ellas consecuencias actuales graves e inciertas a futuro”. Añadió que la ocurrencia de los abuso ante los ojos de sus propios compañeros “implicó una humillación mayor”, y definió al aula como “un lugar simbólico en el que las personas menores de edad se desarrollan psico emocional y físicamente y adquieren herramientas que las condicionan, en este caso para mal, por el resto de la vida”. “Estos hechos no pueden naturalizarse, esto no puede volver a suceder en ningún lugar”, afirmó.
Al analizar la escala penal, la Fiscalía recordó que “la condición de educador agrava el abuso sexual simple” y consideró como atenuantes “únicamente la carencia de antecedentes penales y es padre de familia”. También destacó “la sentencia, énfasis en perspectiva de género y niñez” y la obligación del “Estado ante víctimas niñas, mujeres y menores de edad”. En ese marco, formuló el pedido de “9 años de prisión e inhabilitación perpetua para el ejercicio de la docencia”.
“Se ha valido de su cargo para perpetrar estos hechos. Los niños no pueden estar a merced de una persona con estas características, los Estados deben trabajar para que esto no suceda”, sostuvo Arbues.
El Fiscal Jefe Hernán Trejo profundizó acerca de la fundamentación de la pena pretendida. Explicó que se trata de “abuso sexual simple agravado en 11 hechos en concurso real”, que implica que cada uno de ellos es independiente del otro. Ponderó además agravantes y atenuantes entre los que sólo pudo mencionar la carencia de antecedentes. Añadió en este sentido que “los testigos de la defensa que hoy declararon no aportaron elementos que refuercen esta atenuación.
Sobre la extensión del daño, remarcó que fueron “11 víctimas” y que “todos los familiares que declararon en el debate manifestaron sobre el daño en forma espontánea, que se suma a lo escuchado hoy por los testigos de la acusación: las niñas no querían quedarse solas, no querían ir a la escuela”.
El defensor de niñas, niños y adolescentes, Juan José Alvarez Costa coincidió en todo con la Fiscalía, adhiriendo a argumentos y pena en el marco de la actuación coadyuvante que le impone el Código Procesal.
Seguidamente Damián Torres, abogado querellante de una de las víctimas, adhirió al pedido fiscal y se expidió acerca de “la importancia y la proporcionalidad de la pena que debe darse entre los hechos y la sanción”. Sostuvo que la “cantidad de casos es un factor fundamental: 11 hechos cometidos durante dos años, 11 niñas que requieren del plus protectorio por ser mujeres y de edad temprana, lo que implica una especial vulnerabilidad”.
Sostuvo que la mirada también debía centrarse “sobre el imputado porque el Estado debe responder conforme la ley: la respuesta no puede ser simbólica ni debe estar atravesada por la indignación social”. Tras analizar especialmente el aspecto referido a la proporcionalidad, consideró que “9 años constituye una pena proporcional entre los hechos y la sanción”.
El segundo abogado querellante, Julio Santiago Alonso solicitó una pena de doce años de prisión. Planteó que “la pena debe ser ajustada al interés superior del niño”, “sobre todo pensando en que son niñas que no van a volver a ser las mismas”.
El bloque acusatorio coincidió sí en solicitar, además de la pena privativa de la libertad, la inhabilitación perpetua para ocupar cargos en docencia.
Por su parte, el abogado defensor Emiliano Gallego recordó que “la acusación intentó un abreviado por una pena mucho menor” y cuestionó la consideración del “plus protectorio” como agravante. También sostuvo que el imputado “no necesita ser resocializado” y señaló que pediría “el mínimo legal de tres años. Debería ser una pena en suspenso pero lo cierto es que hace dos años que está preso».
El Tribunal de juicio conformado por los jueces Marcelo Alvarez, Marcelo Chironi y Carlos Reussi será ahora el encargado de dar a conocer la sentencia en los próximos días.
