Deberá realizar tratamiento psicológico y asistir a formación en masculinidades para lograr el cierre de una causa penal

Asistir a un tratamiento psicológico, realizar un curso de masculinidades en el marco de un programa de justicia restaurativa y efectuar una donación de dinero al hospital local, son algunas de las condiciones que deberá cumplir un joven de 19 años para mantener la suspensión de juicio a prueba otorgada en una causa penal por tenencia de material de abuso sexual infantil. Las cuatro imágenes que se encontraron en su celular provenían de la deep web y tenían víctimas que no fueron individualizadas. 

Fue la Defensa pública quien requirió la probation para su defendido, imputado en una causa por distribucioón y tenencia de este tipo de imágenes poco después de cumplir sus 18 años. La investigación se inició a partir de un reporte emitido por el Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), que informó sobre cuentas de correo electrónico y líneas telefónicas en la que se encontró contenido de abuso sexual infantil. A partir de distintas medidas de investigación se determinó la vinculación de esos medios con el joven.
 
La acusación sostuvo que efectivamente recibió mediante WhatsApp material de abuso sexual infantil, consistente en cuatro fotografías y un video, que descargó y almacenó. Según expresó el fiscal adjunto Rubén Negro, mantuvo ese material en su poder hasta el 5 de agosto de 2025.
 
A partir de ese día la investigación avanzó con informes de empresas de telefonía, pericias informáticas, allanamientos y análisis forenses realizados sobre los dispositivos secuestrados. Así, tras el análisis del material obtenido, una pericia forense permitió determinar que las cuatro imágenes encontradas contenían representaciones de niñas menores de 13 años de edad que no pudieron ser identificadas debido a que se trata de imágenes obtenidas de la web. Con esos elementos, la conducta fue encuadrada finalmente como tenencia de material de abuso sexual infantil agravado (por la edad de las víctimas), en carácter de autor, conforme a los artículos 45 y 128, segundo y tercer párrafo, del Código Penal.
 
Al fundamentar la solicitud de suspensión de juicio a prueba, la Defensora oficial Graciela Carriqueo señaló que el joven no registra antecedentes penales y que, en caso de recaer una condena, esta sería de cumplimiento condicional. También indicó que, una vez conocido el hecho investigado, inició voluntariamente un tratamiento psicológico y una instancia de seguimiento psiquiátrico, recibiendo el alta en ambos espacios.
 
Como parte de las pautas obligatorias que le permitirán dentro de un año poder pedir el sobreseimiento, el imputado se comprometió a realizar un aporte de dinero al Hospital Artémides Zatti de Viedma y asistir semanalmente a un programa de justicia restaurativa que se desarrolla en el ámbito de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes.
 
Consultado por la jueza de garantías, manifestó su compromiso de cumplir las pautas impuestas para “redimir un error cometido cuando era adolescente”.
 
La Fiscalía prestó conformidad con la propuesta y consideró reunidos los requisitos legales para la procedencia de la suspensión de juicio a prueba.
 
Al resolver, la jueza explicó detalladamente las reglas de conducta que deberán cumplirse durante el plazo de un año. Entre ellas, mantener actualizado e informado su domicilio, someterse al control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL) de Neuquén en donde el joven se encuentra cursando sus estudios universitarios y acreditar el recorrido realizado en materia de salud mental. Además deberá presentar mensualmente los comprobantes de transferencia correspondientes al aporte comprometido al hospital y las planillas de asistencia al programa acordado. La magistrada indicó que, una vez transcurrido el plazo y verificado el cumplimiento íntegro de todas las condiciones impuestas, podrá solicitarse el sobreseimiento. 

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