Aprueban en primera vuelta una ley para que la Policía utilice armas ‘menos letales’

La Legislatura de Río Negro aprobó este jueves por mayoría un proyecto de ley que autoriza y regula el uso de armas menos letales por parte de la Policía de la Provincia.

La iniciativa, impulsada por Yolanda Mansilla (Primero Río Negro), obtuvo 29 votos a favor y 8 en contra.

La propuesta tiene como objetivo dotar a la fuerza de seguridad de herramientas modernas que “permitan una intervención eficaz y proporcional, reduciendo los riesgos tanto para los ciudadanos como para el personal policial”.

En la actualidad, el personal policial que presta servicio en la vía pública cuenta habitualmente con una pistola calibre 9 mm como arma reglamentaria. Sin embargo, los fundamentos del proyecto advierten que el uso de armas de fuego debe limitarse a situaciones de riesgo real e inminente para la vida.

En muchas operaciones cotidianas, el uso de un arma letal resulta desproporcionado, por lo que los agentes necesitan opciones intermedias para neutralizar amenazas sin generar consecuencias irreversibles.


¿Qué armas prevé incorporar el proyecto?

El texto de la ley define a las armas menos letales como aquellas diseñadas para incapacitar, disuadir o controlar a una persona disminuyendo significativamente la probabilidad de producir lesiones graves o la muerte.

Entre los dispositivos autorizados se incluyen las reconocidas pistolas tipo Taser o Axon, aerosoles irritantes (comúnmente conocidos como gas pimienta), proyectiles de impacto controlado (como escopetas que disparan balas de goma o polímeros especiales), granadas aturdidoras acústicas o luminosas (“flash bang”) y lanzadores de agentes irritantes para control de multitudes.

Estas tecnologías ya son empleadas por fuerzas de seguridad en países como Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Alemania, Francia, Brasil y en diversas jurisdicciones de la Argentina.

Protocolos, capacitación y cámaras obligatorias

Para evitar abusos y garantizar la transparencia, la normativa establece condiciones estrictas. Únicamente podrán utilizar estas armas los efectivos que hayan recibido una capacitación específica y hayan aprobado los protocolos de entrenamiento técnico y operativo. La Policía deberá llevar un registro riguroso del personal habilitado, el instructor y las fechas de certificación.

Un punto central del proyecto es el control de las intervenciones: todo procedimiento donde se utilicen armas no letales deberá ser registrado obligatoriamente mediante sistemas de audio y video. Esto permitirá su posterior revisión administrativa o judicial.

Cuándo estarán autorizadas

La ley prevé que estas herramientas solo podrán utilizarse en escenarios específicos, tales como inmovilizar a quien represente un peligro inmediato, en defensa propia o de terceros, para impedir un delito de acción pública o para controlar situaciones de violencia donde otros medios resulten insuficientes.

El peligro inminente estará justificado ante ataques violentos, episodios que involucren armas blancas, o situaciones donde la cantidad o actitud de los agresores limite la posibilidad de defensa de los agentes.

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