Una mujer de Viedma explicó en sede Judicial que el hombre que la reconoció como hija cuando era niña le dijo que no era su padre biológico. La revelación fue luego de la muerte de su madre.
El hombre mantuvo una relación de pareja con la progenitora de la mujer durante más de 35 años y, en ese contexto, la reconoció como hija ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas cuando ella tenía dos años.
La mujer promovió una demanda para lograr la impugnación de la paternidad extramatrimonial.
Se realizó una pericia de ADN con muestras de ambas partes. El informe concluyó que los resultados excluían biológicamente la paternidad del hombre respecto de la mujer.
La jueza explicó: “Asimismo, conforme al artículo 593, el hijo o hija nacido fuera del matrimonio puede impugnar el reconocimiento en cualquier momento. En cambio, las demás personas interesadas pueden ejercer la acción dentro del plazo de un año desde que conocieron el acto de reconocimiento o desde que tomaron conocimiento de que la persona podría no ser hija del reconociente. Esta disposición no se aplica en los supuestos de técnicas de reproducción humana asistida cuando existió consentimiento previo, informado y libre, con independencia de quiénes hayan aportado los gametos”.
La sentencia valoró esa prueba y señaló que, en los procesos de filiación, el Código Civil y Comercial admite toda clase de elementos probatorios, incluidas las pruebas genéticas. También indicó que la persona reconocida como hija puede impugnar ese reconocimiento en cualquier momento.
El juzgado tuvo en cuenta que el informe genético no recibió objeciones. Por eso, hizo lugar a la demanda, declaró inexistente el vínculo filial y ordenó la inscripción de la mujer con el apellido materno.
