Unidad Ciudadana presentó un proyecto de Comunicación al Congreso Nacional

El Bloque de Legisladores de Unidad Ciudadana, presentó un proyecto de Comunicación, mediante el cual manifiesta a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores de la Nación, su satisfacción por la sanción de la Ley Nº. 27.705 que crea el Plan de Pago de Deuda Previsional por el plazo de dos años.

Esta norma, aprobada el pasado 28 de febrero, permitirá que ochocientos mil adultos puedan acceder al beneficio jubilatorio, una herramienta solidaria que busca equidad en la sociedad y desestima cualquier idea de jubilación vista como un gasto.

Los legisladores Daniel Belloso, Alejandra Mas, Gabriela Abraham, Ramón Chiocconi y Luis Nolae, consideraron de suma importancia reconocer el objetivo de este Plan, creado por elGobierno Nacional, que se basa en el ingreso de aportes por parte de personas próximas a dejar la vida activa laboral.

“Con esta Ley, se demuestra nuevamente la capacidad de esta gestión de generar políticas públicas en beneficio del pueblo argentino, en este caso, dirigida a uno de los sectores más vulnerables de la sociedad”, expresaron y agregaron: “La sanción de esta norma es un derecho más, ganado en favor de los y las trabajadoras que han padecido la informalidad laboral”.

Los parlamentarios recordaron que la jubilación es, ante todo, un derecho social regulado por el Sistema de Seguridad Social de cada país, y que el Estado Argentino ha garantizado este derecho a través de diferentes herramientas como la moratoria jubilatoria de los años 2004 y 2014, que permitieron que aquellos hombres cuya edad era igual o mayor a 65 años y mujeres con una edad igual o mayor a 60 años logren acceder al beneficio jubilatorio.

“Este derecho resulta ser una reivindicación del trabajo de argentinos y argentinas que durante décadas han sido objeto de la informalidad laboral en un 90 %, no por elección, sino por necesidad. Informalidad que ha beneficiado y beneficia a los sectores más potentados de la sociedad”, sostuvieron.

Es dable reconocer, opinaron los legisladores, que “si bien hace años se pregona el trabajo registrado, aún son muchas las situaciones en las que no se abraza el derecho al trabajo con todas sus características de legalidad”.

Sobre el contenido de la Ley N° 27.705

En esta norma quedan comprendidos dos grandes grupos, por una lado, los de la Unidad de pago de Deuda previsional destinado a personas físicas y derechohabientes del o la causante, en el caso de pensión por fallecimiento, cuyo plan de cancelación regirá por dos años, desde la vigencia de la Ley, y su forma de pago será en hasta 120 cuotas mensuales, deducidas de su futura jubilación.

Y Por otro, los de la Unidad de Cancelación de Aportes previsionales, destinada a trabajadores y trabajadoras en actividad y en edad prejubilarotia (desde los 50 años hasta los 59 para las mujeres y desde los 55 hasta los 64 años para los varones), que saben que no llegarán con los aportes a su edad jubilatoria. En este caso, podrán comenzar a pagar por adelantado parte de los mismos.

La metodología del Plan de Pago de Deuda Previsional establece como unidad de pago el equivalente a un mes de servicios, con un valor fijo del 29 % de la base mínima imponible de las remuneraciones, en coincidencia con lo que pagan los trabajadores cuando están en actividad.

Es necesario destacar, para ambos casos, que la moratoria previsional es incompatible con cualquier otra moratoria no saldada al 31 de diciembre de 2021-

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