En el día de hoy se sancionó en el Senado de la Provincia de Buenos Aires la modificación de la Ley 12.918 que tenía media sanción en Cámara de Diputados y que declara Fiesta Provincial a la Fiesta de la Soberanía Patagónica.
Con el trabajo del Presidente del HCD Patagones, Julio Costantino, el Intendente José Luis Zara, el Concejal Ricardo Angos y Concejales, con el impulso del Diputado del Diputado Provincial Emiliano Balbín y el Senador David Hirtz, se sancionó la modificación de la Ley 12.918 donde queda establecido : “Declárase Fiesta Provincial de la Soberanía Patagónica, a la que se realiza el 7 de marzo de cada año, en la ciudad de Carmen de Patagones, en conmemoración de la Gesta patriótica allí acaecida”.
El trabajo nace a partir de una Resolución del HCD que expresaba la necesidad de que la gesta del 7 de Marzo de 1827, sea reconocida a nivel provincial, dándole la misma jerarquía e importancia que otros acontecimientos históricos en los que se defendió la Soberanía Nacional.
Los Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires, legitiman con esta Ley una celebración que nace de la entrega en cuerpo y alma por la defensa de la Patagonia y que ha dejado una marca en la historia y en todos los vecinos que recuerdan y festejan cada año.
Proyecto de Ley
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY ARTÍCULO 1°: Modifícase el artículo 1° de la Ley 12.918, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1°: Declárase Fiesta Provincial de la Soberanía Patagónica, a la que se realiza el 7 de marzo de cada año, en la ciudad de Carmen de Patagones, en conmemoración de la Gesta patriótica allí acaecida.
ARTÍCULO 2°: Sustitúyase el artículo 2° de la Ley 12.918, por el siguiente: Artículo 2°: Facúltese al Poder Ejecutivo a través de sus organismos competentes a que adopte las medidas necesarias para incluir en el calendario turístico provincial y a realizar acciones de promoción y difusión.
ARTÍCULO 3°: Incorpórese como artículo 3° de la Ley 12.918, el siguiente: Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo”
ARTICULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo
Prensa HCD