Clausuran una fiesta en la costanera viedmense

El gobierno de Viedma informa que se labraron actas de infracción en un local de la costanera viedmense al constatarse la realización de una fiesta en la que participaban algo más de 100 personas.

Luego de que vecinos realizaran una denuncia policial por ruidos molestos en cercanías de la intersección de calle Saavedra y avenida Villarino, se convocó al personal municipal del área de Comercio para constatar lo sucedido y proceder a las actuaciones de rigor.

Alrededor de las 6 de la mañana una inspectora del área de Protección Ciudadana del municipio realiza la correspondiente acta de infracción. Minutos después, se presenta una persona que aduce ser el representante legal del comercio, pero al entrevistarse con el personal municipal actuante, emana aliento etílico por lo que además de labrarle el acta de infracción comercial, se le realiza un test de alcoholemia arrojando resultados positivos (0,98). En virtud de esa evidencia se procede al secuestro del vehículo en el que se trasladaba el abogado.

Identificados

La continuidad del operativo del personal municipal, junto a los agentes de la policía provincial, se direccionó entonces a identificar los vehículos de los participantes y, si correspondiera, proceder a su secuestro. Sólo después de esa acción las personas que se encontraban en el local comenzaron a salir del mismo, momento que la policía utilizó para su identificación.

Alrededor de 110 personas fueron identificadas en el sitio, por lo que se dio intervención a la fiscalía de turno, que dispuso que se inicien actuaciones judiciales a todos los adultos registrados, en el marco de la violación a los artículos 205 y 239 del Código Penal.

Para los participantes, de ratificarse su responsabilidad y acreditarse todo lo actuado, implicará el pago de fuertes multas previstas para estos casos.

Además, el artículo 205 del Código Penal prevé penas que van de los 6 meses a 2 años de prisión para quienes violen las medidas adoptadas para «impedir la introducción o propagación de una epidemia».

El artículo 239 refiere a la desobediencia o resistencia a la autoridad e indica que «será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal».

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