Un hombre que trabajaba en un supermercado mayorista sufrió una seria lesión en la rodilla, que le dejó una incapacidad permanente. El operario transportaba en un auto elevador productor en un pallet, cuando las maderas se rompieron. Al intentar descender, pisó un poso y cayó con el pié trabajado hacia un costado.
Inmediatamente escuchó un sonido extraño en la rodilla, seguido de molestia, dolor e inflamación. Se hizo la denuncia del accidente ante la ART del Autoservicio Mayorista Diarco S.A. y el trabajador fue enviado a la guardia del Sanatorio Austral, donde lo examinaron y le hicieron placas.
A la semana siguiente le indicaron un estudio médico de resonancia en la Clínica Viedma, y después de diez días lo derivaron a la ciudad de Bahía Blanca, donde fue examinado por una traumatóloga. Por la sesión fue intervenido quirúrgicamente.
Posteriormente fue dado de alta y la Comisión Médica emitió su dictamen con un porcentaje de incapacidad que el trabajador consideró equivocado e insuficiente. Inició una demanda para que se le reconozca un porcentaje de más del triple de lo concedido.
Informe pericial
En el expediente, los apoderados de Galeno ART aceptaron la cobertura, pero defendieron el porcentaje de incapacidad de la Comisión Médica. Dejaron sentado que hicieron el depósito correspondiente.
Oportunamente se realizó un informe pericial médico en el cual figuraba que la rodilla derecha del trabajador estaba estable sin signos de flogosis ni edema, signos meniscales negativos. Sin embargo, se observó limitación funcional en la flexión con extensión completa.
Tras revisar todos los antecedentes y realizar los cálculos correspondientes, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Galeno ART S.A. a abonarle al trabajador medio millón de pesos, aproximadamente, más los intereses.