Una compañía aseguradora abonó 22000 pesos a una víctima de un accidente de tránsito

Viedma. El Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 3, a cargo de la Jueza Rosana Calvetti, con la asistencia del Secretario Luciano Minetti , hizo lugar a la demanda promovida contra la “Compañía de Seguros la Mercantil Andina S.A”, por una mujer que sufrió serias lesiones en un accidente de tránsito.

En dicho trámite se resolvió condenar a la Compañía de Seguros a que en el término de 72 hs deposite, en una cuenta judicial la suma de 22000 pesos, en concepto de gastos sanatoriales urgentes y bajo apercibimiento la suma de 1000 pesos a favor de la peticionante por cada día de retardo. La decisión se basó en lo dispuesto por el art. 68 de la Ley de Tránsito que dispone que frente a la existencia de seguro automotor los gastos de sanatorio o velatorio de terceros, serán abonados de inmediato por el asegurador, sin perjuicio de los derechos que se pueden hacer valer luego y sin que ello implique renunciar a un reclamo posterior.

 El hecho ocurrió en Viedma en mayo de este año cuando quien reclama  circulaba en una motocicleta y fue impactada por un vehículo marca Fiat modo Siena Fire. La conductora del vehículo automotor contaba con el seguro de la empresa “La Mercantil Andina S.A”. A raíz del accidente la conductora de la motocicleta sufrió graves lesiones.

 Por su parte la Compañía Aseguradora, a pocos días de comunicada la orden judicial, dio cumplimiento con el requerimiento mediante el depósito correspondiente.

 Por último, cabe destacar que lo resuelto forma parte de una herramienta que brinda la ley de tránsito, aunque es  poco utilizada, requiere sólo comprobar la existencia del seguro contra terceros y la necesidad de realizar gastos o intervenciones urgentes, acreditadas con informes médicos, para evitar mayores complicaciones y se enmarca también en la figura del daño preventivo que trae el nuevo Código Civil y Comercial sancionado el año pasado.

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