Un fallo de familia autorizó a un adolescente a salir del país para participar en un torneo internacional de fútbol con su club de Villa Regina. La sentencia hizo lugar a una demanda promovida por su madre ante la negativa del otro progenitor a otorgar el permiso correspondiente.
También te puede interesar: Conductor volcó y murió su cuñado: deberá indemnizar a sus familiares
La presentación judicial se realizó en representación del adolescente, quien integra una institución deportiva local y fue convocado para formar parte de una delegación que competiría en Chile. Según se expuso en el expediente, la falta de autorización del progenitor impedía concretar el viaje. Con anterioridad, en instancias de mediación, se había comprometido a firmar las autorizaciones.
Durante el trámite de la causa, el progenitor fue debidamente notificado pero no compareció ni formuló oposición. Vive en una provincia del norte de nuestro país. En paralelo, tomó intervención el Ministerio Público, que asumió la representación de los intereses del adolescente conforme a las normas de protección integral de niños, niñas y adolescentes.
Debido a la cercanía de la fecha del viaje, el juzgado dispuso la habilitación de la feria judicial y celebró una audiencia de escucha. En ese encuentro, el adolescente pudo expresar su voluntad de participar del torneo, detallar las características del viaje y explicar que se trasladaría junto a entrenadores y compañeros de su club.
El Defensor de Menores e Incapaces dictaminó a favor de la solicitud y sostuvo que la autorización resultaba acorde al interés superior del adolescente. En su dictamen, consideró que la participación en una actividad deportiva internacional tenía un valor formativo y recreativo, y contribuía al desarrollo personal y social del joven.
Al analizar el pedido, el juzgado distinguió entre las autorizaciones amplias e indefinidas y aquellas otorgadas para viajes concretos. Si bien la demanda solicitaba una autorización sin plazo determinado y con destino amplio, la magistratura entendió que no estaban acreditadas circunstancias que justificaran ese alcance general.
No obstante, consideró procedente conceder una autorización puntual para el viaje específico solicitado. En ese marco, la jueza destacó el contexto actual y dejó asentado en la sentencia que “los tiempos actuales han producido una globalización de la vida, conllevando la misma cada vez mayores oportunidades de trascender las fronteras y tomar contacto con otras culturas”.
La resolución también ponderó la opinión del adolescente, la falta de oposición del progenitor y el dictamen favorable del Ministerio Público, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño y la normativa del Código Civil y Comercial.
