Trabajó 18 años en la industria frutícola y sufrió lesiones en las manos: un fallo reconoció su incapacidad

Una mujer trabajó como embaladora durante 18 años. Sus tareas incluyeron la clasificación de frutas mediante movimientos repetitivos de extensión de la muñeca y presión con las manos. Una mañana comenzó a sentir dolor y hormigueo en sus extremidades. Ese cuadro se agravó y fue el inicio de una manifestación invalidante.

En sede administrativa, la Comisión Médica determinó un grado de incapacidad. La trabajadora recurrió al Poder Judicial y solicitó el reconocimiento de un grado mayor. Durante ese tiempo, recibió prestaciones médicas, quirúrgicas y de rehabilitación.

El fuero Laboral de Roca resolvió la demanda a favor de la mujer, contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo. El fallo reconoció una incapacidad laboral mayor, derivada de una enfermedad profesional.

Durante el proceso, se realizaron pericias médicas y psicológicas. La médica perito concluyó que la mujer padece síndrome de túnel carpiano bilateral, atribuible a su actividad laboral. Esta conclusión no fue impugnada por las partes.

La psicóloga, por su parte, diagnosticó un trastorno depresivo con incapacidad psíquica, también vinculado al cuadro físico y a sus consecuencias laborales y personales. Este informe fue impugnado por la aseguradora, pero la profesional explicó que el trastorno es crónico, con más de dos años de evolución, y fundamentó el nexo causal entre lo físico y lo psicológico.

El tribunal consideró probado que la trabajadora sufre una incapacidad laboral derivada de una enfermedad profesional, con repercusión en los nervios medianos distales de ambas extremidades superiores. En consecuencia, hizo lugar al reclamo indemnizatorio conforme a los fundamentos expuestos en las pericias, y estableció una incapacidad del 17,79 %, según la suma correcta de los porcentajes indicados.

La sentencia de primera instancia condenó a La Segunda ART a abonar una indemnización por la incapacidad determinada, conforme a lo establecido en la Ley de Riesgos de Trabajo y su normativa complementaria.

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