Viedma. Los Jueces de la Sala “B” de la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, integrada por Guillermo Bustamante en su carácter de presidente, Marcelo Chironi y Rolando Gaitan, como vocales, resolvieron condenar a un hombre como “autor del delito de abuso sexual agravado por ser cometido con acceso carnal y por parte del ascendiente, en dos hechos concursados de manera real (arts. 45, 55 del Código Penal), a la pena de nueve años de prisión, accesorias legales y costas”.
Se le atribuye haber sido quién abusó sexualmente con acceso carnal de su hija en al menos dos ocasiones. Los hechos ocurrieron en su domicilio de la localidad de Las Grutas, entre enero y abril del 2015.
En la sentencia de la Cámara aseguró que “respecto de la condena acordada por el representante del Ministerio Público, aceptada por el imputado y su defensa, la misma aparece adecuada, en base a los fundamentos referenciados en la audiencia, por lo que tomando en consideración la prueba referenciada, al momento de resolver, se impondrá al imputado la pena de nueve años de prisión efectiva, accesorias legales y costas, todo lo cual se entiende justo en virtud de la entidad del hecho, el daño causado, la edad del imputado y los parámetros de los arts. 40 y 41 de la Ley sustantiva”.
Previamente a este fallo, el 25 de abril de 2016, se llevó a cabo la audiencia de juicio abreviado con el imputado (ya detenido en el Complejo de Ejecución Penal Nº 1 de Viedma), asistido por los Defensores Pedro Vega y la Defensora Adjunta Graciela Carriqueo, también estuvo la Defensora de Menores Dra. Patricia Arias.
En la ocasión de la audiencia por el juicio abreviado y cedida la palabra al Fiscal de Cámara explicó las razones y los términos del ofrecimiento del acuerdo con la Defensa en la antesala. En ese sentido, rectificó la calificación legal contenida en el requerimiento de elevación a juicio en los siguientes términos: “abuso sexual agravado por ser cometido con acceso carnal y por parte del ascendiente, en dos hechos concursados de manera real”. Posteriormente, ofreció la pena de nueve años de prisión efectiva, accesorias legales y costas. Además, aseguró que el ofrecimiento fue consensuado con la progenitora de la víctima, quien prestó su conformidad, y el Defensor, que también manifestó aceptar la propuesta de juicio abreviado efectuada por el Fiscal de Cámara.
Por su parte, la Defensora de menores también prestó conformidad. A su turno, el imputado aceptó el acuerdo, al reconocer la autoría del hecho y la calificación legal del mismo.