Condenaron a seis años y cuatro meses al autor del Homicidio de Jonathan Caracciolo

El tribunal integrado por los jueces penales Marcelo Chironi, Carlos Reussi y Marcelo Álvarez condenó a Yuthiel Hipólito Huinca a seis años y cuatro meses de prisión por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de portación ilegítima de arma de guerra y homicidio culposo en perjuicio de Jonathan Caracciolo.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Guillermo Ortiz y Rubén Negro. La querella, en representación de la esposa de la víctima, estuvo a cargo de Favio Igoldi. La defensa la ejercieron los defensores oficiales Pedro Vega y María Paz Álvarez.

Oportunamente ya había sido declardo culpable. En la audiencia de cesura, la acusación solicitó una pena de ocho años de prisión, mientras que la defensa pidió tres años y seis meses.

Según la acusación presentada por la Fiscalía, el imputado efectuó una serie de disparos que provocaron la muerte de Caracciolo el 4 de julio, en las inmediaciones del barrio 22 de Abril.

De acuerdo con la reconstrucción del tribunal, esa noche el acusado se movilizaba en una motocicleta y efectuó numerosos disparos con un arma de fuego calibre 9 milímetros en distintas direcciones de la vía pública. Uno de esos proyectiles impactó en un poste de alumbrado y, tras rebotar, alcanzó a la víctima cuando se encontraba en la intersección de las calles 29 y 20 del barrio Lavalle.

La investigación determinó que la bala provocó una herida en el tórax que derivó en una hemorragia interna. El joven fue trasladado al hospital Artémides Zatti, donde falleció en la madrugada del 5 de julio de 2023.

Durante el juicio declararon vecinos que describieron una balacera en el sector y señalaron que el acusado había mantenido horas antes una pelea con un joven del barrio. También se presentaron pericias balísticas y estudios sobre restos de disparo que ubicaron al imputado en el lugar de los hechos.

El tribunal consideró acreditado que Huinca disparó un arma de fuego en un sector densamente poblado, lo que constituyó un obrar imprudente y temerario que generó un riesgo que finalmente se materializó en la muerte de Caracciolo.

Al fijar la pena, los jueces valoraron la gravedad del hecho y el resultado fatal, así como también la edad del imputado, su situación familiar y la ausencia de antecedentes penales computables. Con esos elementos determinaron la condena de seis años y cuatro meses de prisión.

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