Un hombre de Viedma, mientras realizaba tareas de reparto, cayó desde la caja de un camión en movimiento tras una maniobra brusca del conductor. El vehículo dobló en una esquina y, al perder el equilibrio, el trabajador impactó de lleno contra el asfalto. El golpe le provocó un traumatismo encéfalo craneano grave, con pérdida de conocimiento y convulsiones.
Lo trasladaron de urgencia al hospital de Viedma, donde ingresó en “estado de coma” y recibió asistencia respiratoria. Debido a la gravedad del cuadro, lo derivaron a otro centro de salud de mayor complejidad. Permaneció varios días en terapia intensiva. El diagnóstico incluyó una fractura de cráneo y lesiones auditivas. Después del alta médica, comenzó un extenso proceso de rehabilitación.
El trabajador indicó que la empresa para la que prestaba servicios no denunció el hecho ante una aseguradora de riesgos del trabajo, no le brindó cobertura médica ni asumió los costos de su recuperación. También afirmó que solo le pagaron una parte del salario y que la relación laboral nunca fue registrada formalmente.
Tras recibir el alta definitiva, notificó a la firma su intención de reincorporarse, reclamó el pago de haberes adeudados y exigió la regularización de la relación. No obtuvo respuesta. Por lo tanto, se consideró despedido por injuria grave y presentó una demanda ante la Cámara del Trabajo de Viedma.
La sentencia reconoció que existía una relación laboral no registrada desde una fecha anterior al accidente. Además, acreditó que el siniestro ocurrió durante una jornada de trabajo y que, ante la falta de cobertura por parte de una aseguradora de riesgos del trabajo, la responsabilidad por las consecuencias recae directamente sobre la empresa.
Dos pericias médicas incorporadas al expediente confirmaron que el trabajador padece hipoacusia traumática en el oído izquierdo y un desorden mental orgánico que afecta su vida personal y social. Con base en esas evaluaciones, el tribunal determinó una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 29,76 %, calculada según el criterio de Capacidad Restante Residual.
La Cámara del Trabajo de Viedma ordenó el pago de las sumas reclamadas y fijó un plazo de diez días para su cumplimiento.
