El Poder Judicial de Río Negro ya tiene aprobado el proceso de inclusión laboral para personas con discapacidad, tras el dictado de una Acordada por parte del STJ.
Oportunamente el máximo Tribunal había establecido que al menos un 4 por ciento del personal del Poder Judicial debía ser ocupado por personas con discapacidad. Este nuevo paso tiende a hacer más operativa esa decisión.
El Poder Judicial asumió así lo que la Ley Nacional N° 25.689 ordena cumplir a todos los organismos públicos nacionales, empresas públicas y concesionarias de servicios públicos: asignar un cupo mínimo del cuatro por ciento de su planta de personal a personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para esos cargos.
La nueva Acordada
El proceso que se aprueba se basa en un trabajo conjunto del área de Gestión Humana y la Oficina de Derechos Humanos y Género. Se establece, previo a iniciarse el proceso de selección, la necesidad de brindar charlas informativas y de sensibilización en la temática a las áreas donde eventualmente podrían incorporarse las personas con discapacidad.
El procedimiento incluye cinco etapas: relevamiento, selección, preparación, inclusión y acompañamiento. En la primera etapa se recaba información sobre el tipo de trabajo, funciones, tareas y herramientas tecnológicas de cada área. Un segundo momento de esta fase es el diagnóstico de la accesibilidad edilicia, para conocer las adecuaciones necesarias.
La segunda etapa, de selección, incluye la realización propiamente dicha del concurso específico para personas con discapacidad, siempre con miras a cumplir con el 4 por ciento fijado como meta. La Acordada detalla los pasos del concurso, desde la vacante, el llamado, hasta la evaluación y selección.
Una tercera fase es la preparación, mediante sensibilización de los equipos de trabajo y la realización de las adecuaciones necesarias para el desenvolvimiento laboral de quien haya ganado el concurso.
El cuarto momento es la inclusión, donde se pone en conocimiento de la persona que ingrese de la estructura organizacional, presentación de compañeras y compañeros de trabajo, asignación de tareas, entrenamiento específico.
Finalmente, la Acordada describe la necesidad de un acompañamiento: “esta instancia requiere de la mayor atención durante el proceso de inclusión de las personas con discapacidad” y su duración es variable. Prevé acudir a las modalidades de Empleo con Apoyo y Rehabilitación Laboral.