Repudio al espionaje ilegal a dirigentes rionegrinos

El bloque de Juntos Somos Río Negro repudió el espionaje político y las escuchas ilegales a dirigentes rionegrinos. En ese sentido, presentó un proyecto de declaración que será tratado mañana en la sesión mixta (virtual-presencial) de la Legislatura.

En su artículo primero, expresa «su más enérgico repudio a las tareas de inteligencia o espionaje ilegal consistentes en la interceptación de comunicaciones electrónicas por parte del principal organismo nacional de inteligencia, realizadas entre el 2 de junio de 2016 y el 10 de diciembre de 2019, sobre correos electrónicos privados de como mínimo 80 damnificados, entre ellos, varios referentes políticos e institucionales rionegrinos (el entonces Gobernador Alberto Weretilneck y los Diputados Nacionales Martín Doñate y Silvia Horne), conforme lo denunciara recientemente ante la Justicia Federal, la propia Interventora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Dra. Cristina Caamaño».

Fundamentos

En los últimos días, hemos escuchado con sorpresa que la titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Cristina Caamaño, presentó una denuncia penal por presunto espionaje ilegal a personas vinculadas a la actividad política, periodistas, dirigentes y policías durante el gobierno nacional de Cambiemos, denuncia formulada tras el hallazgo de información recuperada de un disco rígido que había sido borrado, aunque pudo extraerse información relevante que evidenciaría el espionaje relatado, y que habría fundado su solicitud de exigirle declaración indagatoria al ex presidente Ing. Mauricio Macri.

Según informó la agencia de noticias oficial Télam, en la propia denuncia expresamente se solicitó se requieran las declaraciones indagatorias de Macri -«en su calidad de ser el responsable de fijar los lineamientos estratégicos y objetivos generales de la política de inteligencia nacional»- y del ex director y la ex subdirectora de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.

Se informó también, que conforme lo expresado por fuentes judiciales, la denuncia quedó a cargo del juez federal Marcelo Martínez De Giorgi y del fiscal Jorge Di Lello, en los tribunales federales de Retiro, tras ser presentada de manera remota ante la Cámara Federal porteña, que realizó el sorteo correspondiente.

La Dra. Caamaño aludió a delitos vinculados a la «producción de inteligencia ilegal» en los términos de los artículos 4 y 43 de la Ley de Inteligencia Nacional (Ley N° 25.520) durante la gestión en la AFI de su antecesor Arribas, en el gobierno de Macri, según informaron las mismas fuentes de la agencia Télam, por hechos de presunto espionaje ilegal, que se habría iniciado desde al menos el 2 de junio de 2016 sobre correos electrónicos privados de como mínimo 80 damnificados, entre ellos los correspondientes a varios referentes políticos e institucionales rionegrinos (los por entonces gobernador Alberto Weretilneck, Diputados Nacionales Martín Doñate y Silvia Horne).

La información sobre la que se basa la denuncia penal y pública fue recuperada de un disco rígido que había sido borrado y de donde incluso surgen rastros digitales que dan cuenta de la conexión de dispositivos externos (Pen drives) que periódicamente recolectaban dicha información, elementos compatibles con tareas de inteligencia  que no se encuentran ordenadas ni autorizadas por ningún magistrado; sólo fueron dispuestas ilegalmente por las autoridades del organismo que hoy se encuentra intervenido.

La denuncia presentada por Caamaño quedó registrada bajo el número 2916/2020 y alude a los delitos de «violación de correspondencia» y «violación del sistema informático».

Este tipo de maniobras por parte de los organismos públicos a quienes la ley le confiere la función de llevar adelante tareas de inteligencia, transgreden su propósito y configuran no sólo violaciones a los derechos de las presuntas víctimas, sino que  atentan directamente contra el sistema republicano de gobierno consagrado  en la Constitución Nacional.

La Inteligencia Nacional conforme la ley vigente, es la actividad consistente en la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la Defensa Nacional y la seguridad interior de la Nación, y la contrainteligencia es a la actividad propia del campo de la inteligencia que se realiza con el propósito de evitar actividades de inteligencia de actores que representen amenazas o riesgos para la seguridad del Estado Nacional.

A estos tipos de inteligencia se le suma la Inteligencia Estratégica Militar, referida al conocimiento de las capacidades y debilidades del potencial militar de los países que interesen desde el punto de vista de la defensa nacional, así como el ambiente geográfico de las áreas estratégicas operacionales determinadas por el planeamiento estratégico militar.

En ninguno de estos institutos específicos se contempla desarrollar tareas autónomas de espionaje, sin orden judicial,  basadas en escuchas o intercepción de comunicaciones electrónicas, referidas a las actividades de dirigentes políticos que ocupen cargos electivos (gobernadores, parlamentarios, autoridades municipales) ni a periodistas, ni a sindicalistas, ni a policías. Si así se ha procedido, además de violentarse elementales garantías constitucionales, se ha incurrido en los hechos delictivos especiales tipificados en el Título IX “Disposiciones Penales” de la Ley de Inteligencia Nacional, que castiga con prisión e inhabilitación para desempeñar cargos públicos a quienes permitan, cometan o autoricen este tipo de acciones.

En consecuencia, entendemos importante que esta Legislatura manifieste su repudio ante este intolerable tipo de acciones de espionaje, que ponen un manto de duda sobre la real tarea o servicio que prestan a la sociedad los organismos públicos de inteligencia.

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