Iba a la bodega del barco y se lesionó el hombro: ordenan indemnización para marinero

Un marinero sufrió un accidente al resbalar en la escalera cuando se dirigía a la bodega. La caída provocó que golpeara su hombro derecho contra un cajón, lo que le causó una lesión.

La ART reconoció el hecho como un accidente de trabajo y ordenó la realización de una resonancia magnética.
Sin embargo, tras analizar el informe médico, la ART otorgó el alta médica y argumentó que las lesiones presentaban una naturaleza inculpable; es decir, no fueron provocadas por el accidente.

Más adelante, el marinero acudió a la Comisión Médica, que concluyó que no padecía ninguna incapacidad derivada del accidente. Frente a esta resolución, el trabajador promovió una demanda para que se le reconociera la incapacidad sufrida como consecuencia del accidente y solicitó una indemnización conforme a la legislación laboral.

Durante el proceso judicial, es especialista afirmó que el trabajador sufrió un evento traumático al caer sobre su hombro derecho mientras cumplía con sus tareas laborales.

La lesión descripta, una caída de espaldas contra un cajón, fue considerada compatible con una luxación del hombro, tal como lo mostró el informe de resonancia magnética, que indicó una “aparente lesión del labrum anterosuperior”.

Esta lesión motivó la inmovilización del hombro con cabestrillo y fue corroborada por los signos detectados en el examen pericial. Aunque los estudios por imágenes también revelaron patologías crónicas, como tendinosis del supraespinoso y un quiste paralabral, el informe pericial avaló la existencia de secuelas incapacitantes.

Finalmente, la Cámara Laboral de Viedma hizo lugar a la demanda y condenó a Provincia A.R.T. a indemnizar al trabajador por la incapacidad laboral reconocida como consecuencia del accidente.

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