Un hombre que durante seis años creyó ser el padre de un niño descubrió la verdad luego de una discusión. Había reconocido al bebé al momento de su nacimiento, convencido de que era su hijo. Sin embargo, en una disputa con su pareja, su cuñada reveló que tenía otros orígenes biológicos. Ahora el niño tendrá el derecho de conocer su verdadera identidad, un principio esencial en el ordenamiento jurídico que guía las decisiones en materia de filiación.
El comentario, que en un primer momento pareció una provocación, quedó instalado como una inquietud que creció con el tiempo. Por eso, el hombre decidió realizarse un análisis de ADN. El resultado fue concluyente: la prueba confirmó que no existía un vínculo biológico. Con esa evidencia, presentó una demanda de impugnación de filiación en el fuero de Familia de Bariloche.
Argumentó que había actuado de buena fe y que, en ese momento, desconocía la posibilidad de que el niño no fuera su hijo. Tiempo después del conflicto la pareja se separó, mientras que la persona menor quedó al cuidado de su abuela materna.
El proceso judicial avanzó sin oposición. La madre del niño fue notificada, pero no se presentó a responder la demanda. La Fiscalía analizó el caso y confirmó que la prueba genética demostraba con certeza la inexistencia del vínculo biológico. La Defensoría de Menores analizó los antecedentes y señaló que el niño ya se encontraba bajo la guarda de su abuela materna, por lo que no formuló objeciones a la resolución.
En la resolución, la jueza que intervino en el caso detalló que el Código Civil y Comercial de la Nación establece que la filiación puede ser impugnada cuando existe evidencia científica que demuestre que el reconocimiento no se ajusta a la realidad biológica. El fallo ordenó la anulación del reconocimiento paterno y dispuso la rectificación de la partida de nacimiento.
La magistrada también tomó en cuenta la situación del niño. Desde hacía tiempo, la abuela materna tenía otorgada su guarda en otro expediente. Con la sentencia firme, el Registro Civil deberá modificar la documentación de la persona menor de edad.