Cerró el local gastronómico por baja tensión: confirman condena a prestadora eléctrica por rotura de horno y frezeer

Una mujer que se dedica a la venta de empanadas en Roca denunció en varias oportunidades que su comercio sufría bajas de tensión. Tal fue así que se quemó un horno eléctrico. Cerró el local durante 15 días y afrontó el costo de la reparación. Los problemas continuaron y la cámara frigorífica también comenzó a fallar. A pesar de los reclamos, el aparato se quemó y perdió toda la mercadería. Nuevamente, afrontó los gastos para reparar el motor del freezer.

La Cámara de Apelación Civil de Roca confirmó la sentencia de primera instancia y condenó a la Empresa de Energía de Río Negro (EdERSA) a pagar los daños y perjuicios ocasionados a la mujer. El tribunal rechazó el recurso presentado por la empresa de energía eléctrica y ratificó su responsabilidad por la deficiente prestación del servicio.

En la demanda, la mujer indicó que efectuó reclamos telefónicos a EdERSA. También lo hizo de manera presencial. Presentó un informe de un electricista matriculado y los comprobantes de los gastos afrontados. Además, inició una mediación y realizó una denuncia ante el Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro (EPRE), en la delegación de Cipolletti.

En primera instancia, EdERSA negó los hechos y la relación causal entre el servicio prestado y los daños reclamados. Alegó que las oscilaciones de tensión se encontraban dentro de los parámetros normales y que los problemas respondían a fallas internas del comercio. También sostuvo que los instrumentos utilizados por la mujer no contaban con certificaciones válidas y que todos los cortes de luz registrados fueron generales.

El fallo del fuero Civil resolvió que la empresa de energía incumplió resoluciones administrativas que la instaban a reparar los daños o compensar económicamente a la comerciante. Un peritaje confirmó que la instalación eléctrica del local se encontraba en condiciones adecuadas. Por su parte, EdERSA no aportó pruebas que la eximieran de responsabilidad.

Finalmente, la Cámara ratificó el fallo. Confirmó que EdERSA actuó con una conducta omisiva, negligente y abusiva. Indicó que fueron ignoradas las resoluciones del EPRE y que no se brindaron respuestas a la usuaria del servicio eléctrico, ni en sede administrativa ni judicial.

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