La Cámara del Trabajo de Cipolletti rechazó la demanda presentada por un extrabajador de la Empresa de Energía de Río Negro S.A. (Edersa), quien reclamó indemnizaciones tras haber sido despedido. El tribunal consideró que la desvinculación fue justificada por inconductas graves contra dos compañeras de trabajo y, además, ordenó a la empresa implementar medidas para prevenir la violencia de género en el ámbito laboral.
El trabajador prestaba funciones como operario de mantenimiento en un centro de gestión de la empresa en Balsa Las Perlas. En ese contexto, la firma resolvió despedirlo, argumentando que había cometido reiteradas faltas de respeto contra dos compañeras, con comentarios discriminatorios y de connotación sexual. La empresa sostuvo que las denuncias fueron corroboradas en un sumario interno y en testimonios recabados durante el proceso judicial.
Por su parte, el trabajador negó las acusaciones y afirmó que la comunicación de su despido fue confusa e imprecisa, lo que, a su criterio, le impidió defenderse adecuadamente. También señaló que otro empleado involucrado en la misma situación solo recibió una sanción de suspensión, lo que consideró un trato desigual.
Durante la audiencia de vista de causa, testigos confirmaron que el ambiente laboral en el centro de gestión se había tornado hostil para las trabajadoras. Entre los hechos denunciados, se mencionaron burlas reiteradas, comentarios inapropiados y la colocación de dibujos ofensivos en sus espacios de trabajo.
El tribunal analizó la prueba documental y testimonial y concluyó que la conducta del extrabajador constituyó acoso y hostigamiento laboral, lo que justificó la decisión de la empresa de despedirlo. En el fallo, además de rechazar la demanda y negar las indemnizaciones solicitadas, se impusieron medidas destinadas a prevenir la violencia de género dentro de la empresa.
Se ordenó a Edersa implementar capacitaciones obligatorias sobre género y violencia laboral para su personal jerárquico y para los trabajadores involucrados en el caso. También dispuso el traslado de otro empleado señalado en la causa a otro establecimiento hasta que complete las instancias formativas.
Asimismo, la empresa deberá informar en un plazo de diez días las acciones adoptadas para garantizar un ambiente de trabajo seguro y evitar la repetición de este tipo de situaciones. En caso de incumplimiento, se establecieron sanciones económicas a favor de las trabajadoras afectadas.