Doble femicidio en Cipolletti: se leyó la sentencia de prisión perpetua

El tribunal de Cipolletti que el año pasado hizo el juicio por el doble femicidio en las 432 Viviendas formalizó la lectura de la sentencia hoy. Horacio Espinoza fue condenado a prisión perpetua. El fallo fue dictado por unanimidad luego de ser declarado penalmente responsable de los delitos de homicidio triplemente calificado por ser criminis causa, con alevosía y femicidio, en concurso real.  

El hecho ocurrió el 12 de diciembre de 2024, cuando el acusado ingresó al domicilio de las víctimas aprovechando la confianza que le tenían. Según la acusación fiscal, el hombre tenía la intención de apoderarse de una suma de dinero que sabía que se encontraba en la vivienda. Una vez dentro, atacó a las dos mujeres con un cuchillo, provocándoles heridas mortales. Luego, revisó la vivienda en busca de dinero y objetos de valor antes de huir del lugar.  

Las pruebas presentadas por la fiscalía incluyeron testimonios de vecinos, registros de cámaras de seguridad, análisis periciales y la confesión del acusado. Una de las vecinas declaró haber escuchado un pedido de auxilio desde el departamento de las víctimas la mañana del crimen, mientras que otra lo vio salir del edificio con una bolsa en la que posteriormente se encontraron elementos relacionados con el hecho. Además, se presentó evidencia que demostraba que el acusado había utilizado parte del dinero sustraído para saldar una deuda de expensas el mismo día del crimen.  

El tribunal valoró una serie de elementos para fundamentar su decisión. Se destacaron las grabaciones de cámaras de seguridad que captaron el recorrido del acusado antes y después del hecho, la presencia de rastros de sangre en billetes con los que pagó su deuda y la coincidencia entre una huella de calzado hallada en la escena del crimen con las zapatillas secuestradas en su domicilio. También se tuvo en cuenta el informe del médico forense, quien detalló que el acusado presentaba heridas compatibles con un forcejeo con las víctimas.  

Respecto de la calificación legal, el fallo sostuvo que el crimen debía encuadrarse como homicidio criminis causa, ya que el acusado mató para consumar el robo y asegurar su impunidad. Se consideró además la existencia de alevosía, dado que el ataque fue sorpresivo y dirigido contra dos personas en situación de vulnerabilidad. En cuanto al agravante de femicidio, el tribunal destacó que las víctimas eran mujeres mayores que vivían solas y que el acusado se aprovechó de la confianza que le tenían para concretar el ataque.  

Durante la audiencia, la defensa del acusado no presentó objeciones a la calificación legal formulada por la fiscalía y sostuvo que su asistido aceptó la responsabilidad de los hechos. Un informe psicológico determinó que el acusado comprendía la criminalidad de sus actos y se encontraba en condiciones de afrontar el juicio.  

Finalmente, el tribunal resolvió condenarlo a la pena de prisión perpetua, con accesorias legales y costas procesales.

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